El Balance Neto se refiriere a una instalación de energía solar fotovoltaica de conexión a red, pero acogida a una regulación específica que permite consumir la energía generada por el sistema solar en la misma nave o vivienda, y además, inyectar a la red eléctrica la energía sobrante que no consumimos.
Esta energía inyectada pasará a través de un contador y será descontada del consumo que se haya realizado en la nave o vivienda desde la red eléctrica.
Requisitos administrativos
Tal y como se indica en el Real Decreto 1699/2011, de 18 de noviembre, "por el que se regula la conexión a red de instalaciones de producción de energía eléctrica de pequeña potencia", las instalaciones de autoconsumo en la modalidad de balance neto, entre otros, deberán realizar los siguientes trámites administrativos:
• Solicitud del permiso de acceso a la compañía eléctrica (punto de conexión).
• Inscripción de la instalación en el Régimen Especial, subsección "Registro de Régimen Especial sin retribución dineraria".
• Gestión a través de Representantes en el mercado eléctrico (pago de peajes de acceso en calidad de generador). Aunque sea posible la tramitación por el "Procedimiento Abreviado", será necesaria una memoria técnica, presentación de solicitudes, etc., y finalmente, el certificado emitido por un instalador autorizado.